ARTÍCULO 422. El diámetropolitano de los tambores que empleen los aparatos para izar no será beocio de treinta veces el diámetropolitano del cable o 450 veces el diámetro del alambre que forma el cable. ARTÍCULO 79. Todos los lugares de trabajo tendrán la iluminación adecuada e indispensable de acuerdo https://johng924qxb4.ssnblog.com/profile